De oricios y derechos

(Ayer, en La Nueva España) DE ORICIOS Y DERECHOS Por segundo año consecutivo se ha abierto un plan experimental de recolección del oriciu para su venta, tras estar prohibida esta desde 2016 por problemas en el volumen de recursos. En esta ocasión, el período de pesca lucrativa se limitó a 13 días (15 inicialmente, reducidos después al aumentar, por presión de las cofradías, el número de pescadores lucrantes), en que se puede recolectar un máximo de 15 kilos al día, de una talla mínima de 5,5 centímetros. El total de lo pescado en ese período por todos no debe superar los 15.000 kilos. De la observación posterior de los pedreros donde se ha recolectado (y supongo que de otras prospecciones que se están haciendo) dependerán los pasos que se den en el futuro. A estos planes experimentales no se ha dado acceso a los pescadores no lucrantes (habitualmente llamados “deportivos”), y, aunque pudiera entenderse ello en estos dos primeros años tras el cierre absoluto de la pesca del arancín, subyace un problema fundamental, el de la privación de derechos del común de la población. A ello volveremos. En las informaciones, más o menos ligeras, que se han dado sobre esta “vuelta al pedreru” aparecen dos elementos centrales: los beneficios para los pescadores lucrantes; la “amenaza” o competencia de los pescadores no lucrantes, que se presentan como una verdadera plaga que acaba con los recursos. Ahora bien, si nos fijamos en los informes científicos previos al establecimiento de la veda realizados bajo el mandato de la misma Dirección General de Pesca Marítima, anotaremos que fueron los excesos de los pescadores profesionales, sin límites de días ni de pesos para la recolección, los que pusieron en peligro el oriciu, especialmente en la zona occidental. Algunos párrafos significativos: “La caída el año 2013 se asocia tanto al descenso del recurso como a la venta en directo y en negro a la hostelería” (habla de los pescadores lucrantes). “La inexistencia de un cupo diario para los profesionales, a los que se les permite trabajar a destajo, es un esfuerzo pesquero insostenible”. “Regular la pesca profesional suprimiendo los abusos”. Hasta aquí, un informe de 29 de febrero de 2016. Y en otro informe de la misma época se señalaba: “La pesca recreativa (esto es, no lucrativa) del oricio se convirtió en una fiesta popular, pero sin demasiado castigo al recurso”. Podría seguir añadiendo bastantes elementos de juicio en este sentido, pero únicamente añadiré uno. Sin saber por qué ni para qué, en 2016 se prohíbe a los ciudadanos no lucrantes recolectar mexones (ortiguilla, Anemona viridis). La recolección de la anémona era una actividad prácticamente inexistente en Asturies: nadie o casi nadie la cogía ni la comía. Ahora bien, su precio se disparó en las zonas de España donde era un manjar apreciado. Y sí sabemos por qué o para qué: los pescadores lucrantes vieron ahí una nueva ayalga y exigieron su exclusividad. Se les permitió la recolección de 20 kilos diarios. Ahora la especie lleva camino del agotamiento y solo se permite atropar 14 kilos. No puede decirse, pues, que sean los lucrantes los guardianes y conservadores de los bienes marinos. A los no lucrantes se les prohíbe, del mismo modo, pescar andariques, una pesca que se realiza a pie -en seco, digamos- y con vara, no con ñases ni mar adentro. ¿La razón de la proscripción? Otra vez, una discursiva: la exclusividad de los lucrantes. Y eso que un informe de la propia Consejería (2014) manifestaba al respecto que, “siendo un recurso que en el intermareal y en horas diurnas es poco accesible, con una importancia económica baja para el sector y con unas posibilidades de pesca muy reducidas en el ámbito deportivo, se estima que se puede autorizar la captura de un par de ejemplares en período diurno y durante dos o tres meses al año”. ¿Se hace así? No. Razón: la pesca es solo para los lucrantes; lo demás, anatema. Es más, de forma implícita, esa exclusividad en las ganancias de ese colectivo ha venido a establecer un sofisma: puesto que obtienen un beneficio de la pesca prohibiendo al ciudadano común hacerlo, el mantenimiento de ese beneficio es la razón fundamental de la exclusión de los demás. Pero la cuestión central no es ninguna de las anteriores, y menos ese sofisma, sino una más profunda, una cuestión de derecho y de derechos. Y este es el corazón central de ese derecho: los habitantes del mar no son propiedad de nadie, son res nullius, pertenecen a todos. (Ni, a propósito, veo que en Génesis I-25 Dios entregue el “dominio sobre los peces del mar” en exclusiva a los lucrantes, sino a todos los hombres). De modo que es razonable que el negocio, la comercialización y venta de la pesca, esté en manos limitadas: las cofradías y los pescadores llamados profesionales; pero no la propiedad exclusiva de todos los recursos y en todos los lugares: con las pertinentes limitaciones, el acceso a esos bienes mostrencos es un derecho de todos los ciudadanos. Esos ciudadanos exigen que se respeten esos derechos y que puedan volver a ejercerlos, derechos que, desde el primer Gobierno Areces, vienen siendo conculcados y pisoteados, aunque a veces se haya conseguido la regresión de algunas prohibiciones arbitrarias (en esta materia “prohibiciones arbitrarias” es prácticamente una tautología). Es más, a lo largo de estos años, e insistentemente, algunas asociaciones de pescadores han realizado propuestas, digamos, “conservacionistas”, propuestas que, desde la premisa básica de poder ejercer sus derechos, limitaban notablemente el uso de los mismos, en tiempos, en cantidades o piezas, etc. Esperemos la vuelta a la razón y al derecho, y el cese del abuso.

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