Lo que viene a continuación es literal. Pueden verlo en las líneas que siguen, que se toman literalmente del BOPA. Las sustancia es la siguiente: Se convocan ayudas en el boletín el día 27 de abril. El plazo límite para presentarlas es el 1 de mayo. ¿Es para no darlas o estarán ya repartidas?
Boletín Nº 96 del lunes 27 de abril de 2009
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y PESCA
Resolución de 3 de abril de 2009, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria de 2009, prevista en el Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre, por la que se establecen subvenciones para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal en el Principado de Asturias.
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y PESCA
Resolución de 3 de abril de 2009, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria de 2009, prevista en el Real Decreto 1615/2007, de 7 de diciembre, por la que se establecen subvenciones para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal en el Principado de Asturias.
Cuarto.—Los interesados formularán su solicitud en un único ejemplar, debidamente cumplimentado, conforme al modelo que se recoge en el anexo I de la presente Resolución, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias hasta el 1 de mayo de 2009.
1 comentario:
una arbitrariedad como esa es denunciable. no cumple los plazos mínimos de exposición pública.
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