Nun saben nin llexislar nin escribir nel BOE
Dos. Se añade una disposición adicional quinta, que queda redactada en los
siguientes términos:
«Disposición adicional quinta. Medidas de flexibilización para los
desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no
profesional.
No serán de aplicación a los desplazamientos de la población infantil y a la
práctica de la actividad física no profesional las franjas y limitaciones
respectivamente previstas en el segundo párrafo del artículo 2.1 de la Orden SND/
370/2020, de 25 de abril, y en el artículo 2.4 de la Orden SND/380/2020, de 30 de
abril, debiendo sujetarse la práctica de las dichas actividades a lo establecido en el
artículo 7 de la presente orden.
"EN LA PRESENTE ORDEN" (SDN/445/2020, BOE, 27 de mayu, NUN HAI ARTÍCULU 7, nun tien más de dos artículos y dos adicionales. ¡Bien, fenómenos!
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