Las dudosas estadísticas del tráfico y la Ley Seca

LAS DUDOSAS ESTADÍSTICAS DEL TRÁFICO Y LA LEY SECA Recuerdo perfectamente a Pere Navarro cuando, en 2021, al reducirse la velocidad de circulación en las vías urbanas de un solo carril en una dirección a 30 km hora argumentaba: “En realidad, no tiene importancia ninguna: la velocidad media en esas vías es hoy de 20 km hora”. Todos ustedes se darán cuenta de la falacia. Si de verdad -¡vaya usted a saber!- la velocidad media era esa, ello quiere decir que unas veces se circularía a 5 km por hora y otras a 35; o que, en ocasiones, no se avanzaría -por un atasco- y en otras se iría a 40 km. De ser así, la reducción del límite a 30 implicaría que la media subsiguiente fuese ineludiblemente más baja de 20 km hora. En marzo de 2022 la DGT redujo de 20 km hora a 10 km hora la velocidad en que se podía superar, al adelantar a otro vehículo, el límite de velocidad en las carreteras convencionales. La medida recibió un alud de críticas, ya que aumentaba el tiempo y la distancia en que el vehículo que adelantaba ocupaba el carril contrario (tres veces más y 112 metros). Hace pocos días, un informe particular, de la Fundación Línea Directa, comparaba los nueve meses de ese año posteriores a la medida con los datos de 2019 y concluía que, ya que el número de accidentes en adelantamiento había disminuido (con víctimas, -6,1%; el de fallecidos, -8,5%, y el de heridos graves, 9,6%), era ello consecuencia de la limitación de la superación de velocidad. Naturalmente, en la DGT han celebrado esos datos ajenos. Ahora bien, dando por buenas las estadísticas (la suma de datos, mejor) pese a su estrecho marco temporal, cabe hacerse algunas preguntas. ¿Cómo es posible que la limitación tenga esa concreta efectividad cuando el 80% de los conductores está en contra y el 46% afirma que no la cumple? ¿Quién asegura que esa disminución de accidentes tiene su causa en la nueva norma? ¿Cómo se establece esa relación causa-efecto? Pues de ninguna manera, es simplemente una inducción, una suposición a partir de un prejuicio. Y, finalmente, piensen ustedes en las carreteras de Asturies y del norte de España, en los escasos tramos que existen de línea discontinua (a veces, inadecuadamente trazada, sin suficiente visibilidad), y piensen si es mejor adelantar al paso de la tortuga o hacerlo rápidamente, antes de que asome otro vehículo en dirección contraria. En los últimos días desde el Gobierno se ha puesto en marcha la propuesta de rebajar a cero la tasa de alcohol permitida para llevar un vehículo, tasa de alcohol que se halla actualmente en 0,25 g/l en aire espirado y en 0,50 g/l en sangre para conductores no noveles y no profesionales (a los que se exigen cantidades inferiores), lo que viene a suponer la ingesta de un par de vasos de vino o dos cervezas. Algunos países europeos, que se citan como ejemplo, han establecido la ley seca: Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, República Checa y Rumanía. Examinemos con atención algunos estudios o informaciones del Gobierno con respecto al consumo de alcohol en relación con el número de muertos en accidentes de tráfico y la presencia de alcohol y/o drogas en su cuerpo, para extraer algunas conclusiones. Pero, antes, como trataremos de demostrar más adelante, afirmaremos que es imposible establecer una correlación causal indubitable entre un accidente y la cantidad de tóxicos encontrados en el cuerpo de un accidentado. Su muerte pudo haber sido causada por un choque con otro vehículo no siendo él el causante, las malas condiciones de la vía, un fallo mecánico, etc. ¡Atención! No es que queramos negar la influencia de los tóxicos en las condiciones de guía de un vehículo, sino que es imposible establecer una conexión causal inevitable, tan solo una correspondencia sobre la que podemos establecer una inferencia probabilística. Pero vayamos a los datos. En la información de 18/07/2024 se nos dice que, “de los 862 conductores fallecidos en 2023 en accidente de tráfico y sometidos a autopsia y análisis toxicológico, un total de 462 conductores (el 53,6%) dieron positivo en los resultados toxicológicos de alcohol, drogas de abuso y/o psicofármacos, aisladamente o en combinación”.  Ahora bien, si descendemos a los datos concretos, no muy minuciosos, por cierto, se nos asevera que “en relación con el tipo de sustancia detectada fue: el 61% positivos a alcohol, la mayoría de ellos (casi el 70%) con una tasa muy alta de alcoholemia, igual o superior a 1,2 g/l y, por tanto, con grados de intoxicación muy severa”. Y la pregunta es: ¿y con tasas de alcohol dentro de los límites tolerados, cuántos? ¡Ah!, eso no interesa decirlo, porque estamos en la campaña del 0,0%. En un amplio informe sobre muertos y tóxicos referidos al 2022 (https://www.mjusticia.gob.es/es/ElMinisterio/OrganismosMinisterio/Documents/Toxicological%20Findings%20in%20Road%20Traffic%20Fatalities%202022.pdf) encontramos detalles más precisos. Del número total de víctimas que conducían su vehículo, sobre 854 examinados presentaron presencia de drogas más una tasa de alcohol igual o superior al 0,1%, 451. ¿Se puede de ello inferir que la causa indubitable de esas muertes es el alcohol? Otro dato importante: de esos accidentados con tóxicos, 231 lo han sido en coche (el 45%), 148 en motocicleta (el 37,6%), 14 en bici. Como decíamos arriba, ¿podemos establecer que el vehículo, la carretera u otro tipo de incidencias no tienen nada que ver con esos accidentes? Para hacer un estudio probatorio deberían relacionarse los accidentes con todas sus posibles causas (tipo de carretera, presencia de lluvia o hielo, visibilidad, edad del conductor… y, por supuesto, también alcohol en sangre). De esa forma sí se podría tener una idea real de la incidencia de la tasa de alcohol. Añadamos más ítems. De los 303 conductores a quienes solo se halló alcohol en sangre, 17 no llegaron al límite permitido, 56 presentaban entre 0,50 g/l y 1,19 g/l; 102, entre 1,20 g/l y 1,99 g/l, y 118 más de 2,00 g/l. Cualquiera de ustedes se hará inmediatamente la pregunta: ¿al que no le importa en absoluto la cantidad de alcohol ingerido lo va a limitar la “ley seca” del 0,0%? ¿Va a modificar sus malos hábitos por ello? Por otra parte, si comparamos algunos datos de accidentalidad de países con tolerancia cero o baja y otros con mayor nivel de tolerancia, la interdependencia entre alcohol y limitaciones no es evidente: Hungría, tolerancia cero, 7,7 accidentes sobre 100.000 habitantes; Islandia, tolerancia 0,10, 4,6 sobre 100.000; Reino Unido, 0,8 de tolerancia, 2.9 accidentes. Y eso por no ir a países fuera del continente europeo, donde la tasa de accidentes con permisividad cero de alcohol es, sencillamente, sorprendentemente alta. Mi opinión es que no es en absoluto necesario reducir la actual tasa de tolerancia de alcohol en sangre, en primer lugar, porque su ingesta no parece producir efectos indubitables sobre la conducción. Con tasas dentro de lo permitido circulan, sin duda, hoy muchas gentes que comen fuera de casa o toman una cerveza o un vaso con un amigo y que no tienen accidente alguno: hágase -y eso sí es una estadística- el cotejo entre positivos detectados en las pruebas de alcoholemia en carretera y el número de accidentes entre esos positivos. En segundo lugar, debe tenerse en cuenta que la tasa 0,0% implica que tampoco se pueden ingerir formas ligeras de alcohol: el vino, la cerveza, la sidra sin alcohol, aunque en cantidades mínimas, también contienen alcohol. Lo mismo ocurre con ciertos medicamentos, elixires bucales o alimentos. ¿Se imaginan ustedes los trastornos, pleitos e injusticias subsiguientes? Sin olvidar, como hemos dicho, y dejando a un lado los no menores casos de conducción con la ingesta de sustancias alucinógenas, que a quienes no les importan nada los límites actuales ¿por qué les iban a importar cualesquiera otros límites? Pero, a mi juicio, lo fundamental es que no existe prueba alguna de que las tasas de alcohol hoy toleradas signifiquen trastornos que modifiquen la capacidad de conducción. Es más, las estadísticas que pretenden aducirse en favor de la tesis de que la única tasa segura para la conducción es la del 0,0%, no son estadísticas probatorias, como creo haber argumentado, sino, simplemente una acumulación de datos que se utilizan para demostrar la premisa que quiere demostrarse, esto es, imponerse. Como ocurre con otras decisiones o medidas para las que hemos visto otras estadísticas.

No hay comentarios: