L'aprecederu
Confundiendo a los ciudadanos
La falta de transparencia por parte de las administraciones
06.10.2015 | 04:15En 2012, se produce una concreción en esa normativa: podrán quemarse siempre y sin autorización expresa los residuos de los trabajos efectuados en una finca, cuando la quema se haga en la misma y sus lindes estén a más de 100 metros del monte. Es decir: usted tiene un prado, siega o desbroza y puede quemar. Perfecto.
Ahora bien, a partir de aquí empieza la confusión que puede llevar a engaño y multa a cualquier propietario. Abra usted en internet "Permiso de quema. Tramita por internet" y en su punto 3º especifica que para la quema en los lugares y condiciones que hemos señalado en el párrafo anterior no hace falta ningún permiso. En todo caso, observar las condiciones expresadas en el punto 2º, ninguna de las cuales parece afectar, en principio, en días normales de calor, a la autorización del punto 3º.
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