Educación: incompetencia y demagogia (II)


Pongo a continuación el segundo de los ensiertos que retratan claramente tanto la incompetencia como la demagogia del PSOE y los "brotos verdes" (por inmaduros, no por primaverales) que de él dimanan. Dicho de otra forma: no es don José Luis Iglesias Riopedre el incompetente ni lo es especialmente su consejería, lo es el PSOE, el Gobierno Areces, el Gobierno Zapatero y su forma inherente de entender la realidad y la Administración.

Es este relativo al decreto de Bachillerato, que prometiendo libertad de elección entre múltiples opciones, para el alumno, al final, como el cielo de Argensola, "ni es cielo ni es azul".

Un amigo lo ha comentado tan bien, ¡tan bien!, y con tanta gracia, que no hago más que transcribir aquí su informe. Omito el nombre del amigo/informante.



"La resolución

El documento que yo consideraba más desafortunado en su redacción era una circular que ya ha quedado derogada con la aparición del decreto autonómico y con la resolución que ordena el bachillerato; es, pues, un texto perecedero sobre el que no vale la pena insistir.

Con todo, la resolución, que es la que se mete en lo concreto, tiene también su miga (se trata de la Resolución 4 de marzo de 2009, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).

En su capítulo III, “estructura del bachillerato e itinerario educativo del alumnado”, el artículo 5.2 proclama que el currículo que deben elaborar los centros docentes incorporará la organización de las modalidades, incluyendo las materias optativas que ofrezcan, de modo que el alumnado pueda constituir su itinerario formativo de acuerdo con la estructura establecida y con lo dispuesto en los artículos 5, 6 y 7 de la presente Resolución.

Traducido el mensaje al ámbito culinario, para hacerlo más llano, se me ocurre como si se nos dijera a la puerta de una casa de comidas: Pase a nuestro restaurante y elija lo que quiera, (y después de una oportuna pausa) de lo que tenemos: lentejas o garbanzos de primero, y lomo adobado o trucha de segundo; lo sentimos, pero la escasez de nuestra clientela no da para más).

Pero el redactor vuelve a la carga, y proclama en el artículo 6 del mismo texto, en su apartado 1:
Los centros docentes ofertarán la totalidad de las materias de la modalidad o modalidades … de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional sexta del Decreto 75/2008, de 6 de agosto. (¡Tenemos rodaballo en el menú!).

El entusiasmo, con todo, dura poco, porque en el punto 3 restringe las opciones, al afirmar que los centros “darán prioridad” a determinadas materias (en primero dos de tres mencionadas de manera explícita). La justificación para esta restricción en el menú se hace, naturalmente, en beneficio del cliente: Con el objeto de que los bloques generen itinerarios formativos coherentes con la modalidad, con otros estudios posteriores y con las ramas de conocimiento del título que figuran en el anexo I del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas (BOE de 24 de noviembre), los centros docentes deberán dar prioridad a las materias que se indican a continuación:

Pero no pasa nada, el redactor, impasible, no se desmoraliza y sigue anunciando las excelencias de su amplia carta en el punto siguiente:

4. En todo caso, los alumnos y las alumnas podrán elegir entre la totalidad de las materias de la modalidad en la que están matriculados en el centro docente.

Lástima que las rebajas vengan esta vez justo a continuación, en el inmediato punto 5: Se limitará la elección de materias de modalidad por parte del alumnado cuando haya un número insuficiente de alumnos y/o alumnas para constituir un grupo. A estos efectos, el número mínimo de alumnas y alumnas (sic -la obsesión por el lenguaje correcto lo hace incorrecto-) que se requiere para constituir un grupo de una materia de modalidad será el siguiente:

a) Cuando haya menos de 35 alumnos (sic - ¿dónde ha ido a parar el lenguaje correcto?) matriculados en una modalidad o, en su caso, vía, se requerirá que hubieran elegido la materia al menos el 25% del alumnado, redondeando el resultado al entero superior.

b) Cuando haya 35 alumnos (sic - ¿dónde ha ido a parar el lenguaje correcto?) o más matriculados en una modalidad o, en su caso, vía, se requerirá que hubieran elegido la materia al menos 10 alumnos y/o alumnas.


Severas restricciones. Es decir, lentejas y garbanzos para todos (que son muy nutritivos). Eso sí, da una “salida honrosa” para el alumno que no pueda cursar lo que le apetezca:

6.- …se facilitará que se pueda cursar una única materia mediante el régimen de educación a distancia o en otro centro. Dicho de otro modo: confórmese usted con lo que hay.

Y si usted quiere rodaballo, lo siento mucho. Si acaso, puede usted comer aquí los garbanzos y en el restaurante de la esquina el rodaballo (¡pero sólo el rodaballo! ¿eh?), y si no, se va a usted a otro restaurante donde le den la comida que le guste, si es que lo encuentra, que no creo.


En el artículo 7 dedicado a las optativas, la historia se repite, pero creo que no vale la pena insistir más en lo mismo.

¿Y quién confecciona esta esquizofrénica carta? ¿Sobre quién cae esa complicada función? Pues para eso es para lo que está la autonomía de los centros, según afirma este mismo documento en su declaración de intenciones inicial: Conforme a los principios establecidos en el Decreto 75/2008, de 6 de agosto, la presente Resolución desarrolla diversos aspectos relativos a la estructura de las modalidades del Bachillerato y al itinerario educativo del alumnado, dotando a los centros docentes de mayor autonomía para acomodar la estructura a las expectativas, aptitudes e intereses del alumnado y a las condiciones organizativas de los propios centros, y procurando hacer efectivas las intenciones de dotar de márgenes de flexibilidad y adaptabilidad de la oferta formativa del Bachillerato.

La larga frase (con alguna incorrección sintáctica que vamos a dejar pasar) refleja la insistente contradicción entre la declaración de intenciones y la cruda realidad, hasta llegar a una mixtura antológica entre ambas en su parte final: procurando hacer efectivas las intenciones de dotar de márgenes de flexibilidad y adaptabilidad de la oferta formativa del Bachillerato.
¡A ver, camarero! ¿Tiene usted rodaballo o no?

– Procuro hacer efectiva la intención de tenerlo, estimado cliente. De momento le puedo ofrecer unos garbanzos flexibles y adaptables.

"


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